30 Septiembre 2009
Accidentes Convenio
Los diferentes Convenios Colectivos que se firman en nuestro país, suelen llevar un complemento de "seguros" que normalmente denominamos "Accidentes Convenio", con capitales y coberturas específicos para cada uno.
Esta cobertura, en caso de no ser prestada por una compañía de seguros, deberá hacerle frente directamente el empresario.
En el BOE, podemos encontrar publicados los convenios que se han firmado y lo que se exige cubrir en cada uno. Pero aúnque parezcan similares, muchos no lo son y tienen unas peculiaridades que hacen necesarias unas pólizas muy específicas:
- Los establecimientos Sanitarios deben cubrir varios meses de nómina,
- Los panaderos requieren un seguro de "vida".
- Otros exigen además coberturas como:
- Enfermedad
- Incapacidad Temporal
- Subsidios
No es suficiente con poner un capital por muerte o invalidez por accidente, este debe de ajustarse al convenio y las coberturas que marca.
Es fácil encontrar en los buscadores de internet el que nos afecta, nunca está de mas el comprobar que estamos bien cubiertos.








