Acompaño información del consorcio de Compensación de Seguros, publicada en su web referente al tornado del pasado día 1 de febrero, asi como adjuntamos documento original.
EL CONSORCIO DE COMPENSACION DE SEGUROS INFORMA A LOS ASEGURADOS AFECTADOS POR EL TORNADO OCURRIDO EL DIA 1 DE FEBRERO DE 2009 EN MALAGA.
El Consorcio de Compensación de Seguros, Entidad pública empresarial
del Ministerio de Economía y Hacienda, indemnizará los daños a las
personas y en los bienes que se encuentren asegurados que hubiesen
sido producidos por el tornado del día 1 de febrero, en la ciudad de
Málaga, a la vista del contenido del informe emitido por la Agencia Estatal
de Meteorología (AEMET) a petición del Consorcio de Compensación de
seguros con arreglo a la legislación del seguro de riesgos extraordinarios.
• El asegurado afectado deberá presentar su solicitud de indemnización a la
mayor brevedad posible, dirigiéndola a la oficina de la Delegación Regional
del Consorcio de Compensación de Seguros en Andalucía Oriental,
situada en AVENIDA AURORA 55, 1a planta (29006) MALAGA. El
asegurado podrá enviarla directamente o a través de su entidad
aseguradora, agente de seguros o corredor de seguros.
No será preciso que envíe dicha solicitud de indemnización si ya hubiera
presentado su declaración de daños en las oficinas habilitadas por el
Ayuntamiento para ello señalando en la misma su condición de asegurado,
ya que el Ayuntamiento y el Consorcio de Compensación de Seguros
están actuando de forma coordinada para el traspaso ordenado de la
documentación a éste.
• En la página web del Consorcio www.consorseguros.es puede
descargarse el impreso denominado “Riesgos Extraordinarios. Hoja de
comunicación de daños” para solicitar la indemnización; también puede
consultarse la documentación que se debe aportar con dicho impreso.
• Una vez recibida la solicitud de indemnización, el Consorcio de
Compensación de Seguros enviará con carácter inmediato un perito
tasador de seguros para valorar los daños. Sin perjuicio de lo anterior, el
Consorcio de Compensación de Seguros, con el fin de agilizar la
tramitación de las indemnizaciones, ha desplazado ya a las zonas
afectadas a un equipo de peritos sin esperar a que los asegurados hayan
presentado sus solicitudes de indemnización.
• Si el asegurado afectado por el tornado necesitara efectuar reparaciones
inaplazables, podrá proceder a realizarlas siempre que conserve
fotografías de los daños producidos y las facturas correspondientes a las
reparaciones para aportarlas al perito que designe el Consorcio del
Compensación de Seguros.
• De acuerdo a la legislación del seguro de riesgos extraordinarios el cálculo
de la cuantía a indemnizar por el Consorcio de Compensación de Seguros
se realizará con arreglo a lo previsto en la póliza de seguro que tuviera
contratada el asegurado afectado.
• El Consorcio de Compensación de Seguros abonará la indemnización
mediante transferencia bancaria. Es muy importante que en la solicitud de
indemnización (impreso “Riesgos Extraordinarios. Hoja de comunicación
de daños”) se haga constar con claridad la cuenta bancaria con formato
“CCC” (Código Cuenta Cliente), es decir, con indicación del número
identificativo de la entidad bancaria, el número de la sucursal, los dígitos
de control y el número de la cuenta (diez dígitos).
• Para facilitar información adicional o aclarar cualquier duda a los
asegurados afectados por el tornado, el Consorcio de Compensación de
Seguros tiene a su disposición, de lunes a viernes, y de 9 horas a 15
horas, el teléfono:
902 222 665
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